Mi análisis de la “nueva Constitución” o “reforma”
Los siguientes artículos son los que incorporaron para meternos “gato por libre”.
Artículo 21 (SOBRE LA PROHIBICIÓN DE LA DISCRIMINACIÓN, el texto puede ser leído acá)
1. Se prohíbe discriminaciones fundadas en lo étnico, género, edad, sexo, salud, credo, orientación política, orientación sexual, condición social o religiosa o aquellas que, en general, tengan por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos y libertades.
Artículo 82 (SOBRE LA VIVIENDA, el texto puede ser leído acá)
Toda persona tendrá derecho a la protección de su hogar o el de su familia declarándolo como vivienda principal ante los órganos del Poder Popular, y por lo tanto, contra él no podrán acordarse ni ejecutarse medidas preventivas o ejecutivas de carácter judicial, sin más limitaciones que las previstas en la ley o convención en contrario.
Mi opinión:
No tengo nada que criticar a este artículo, me parece bien que se refuerce el derecho al hogar; pero de nada vale que se redacte esto si nuestra sociedad y el Estado no poseen la capacidad de satisfacer la demanda de viviendas. El mejor ejemplo son estos nueve años, los cuales han demostrado el gran fracaso en política habitacional. Ahora son más las familias sin casa, y mi caso es un ejemplo.
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