Thursday, August 16, 2007

Reforma constitucional histórica en Venezuela

Primeras aproximaciones de cara a la historia de Venezuela

El miércoles en la noche el Presidente en funciones de Venezuela presentó una “reforma constitucional”
que cambia según sus palabras el 10% del articulado de la Constitución vigente (la de 1999), y quizás por ser un 10% él la llama reforma, y también por el procedimiento legal de cambio de articulado. La realidad es que ese 10% posee un peso enorme, la cual hace de esta “reforma” un hecho histórico inédito en Venezuela, y por tanto según la Constitución vigente no sería una reforma (artículo 342) sino una transformación de su estructura y principios, y por tanto debe cambiarse vía Constituyente (artículo 347). En estos días me he puesto ha revisar nuestra historia constitucional leyendo las 26 Constituciones que hemos tenido, y de cara a la propuesta de Chávez observo cambios de una radicalidad nunca implantada en nuestra historia. Por cierto, esto proyecto no se diferencia mucho del que se “coló” hace más de un mes a la opinión pública, a pesar de lo dicho por el oficialismo. Estos cambios radicales son los siguientes:

1) La eliminación del principio “alternativo” en el gobierno, con la reelección inmediata y continua (indefinida, eterna, permanente o como quieran llamarla en el artículo 230) del Presidente, por un período de 7 años. Algo jamás establecido constitucionalmente en nuestro país, ni en la duración del período ni en lo relativo a la reelección indefinida. En algunos casos se permitió la reelección pero nunca inmediata (me queda la duda en la Constitución de 1857 que reformó Monagas para mantenerse en el poder, aunque la misma establece principio la alternancia en el poder, al menos nominalmente y fue la que menos duración tuvo: 1 año), porque se consideraba como principio fundamental: la alternancia en el poder.

2) Ideologización del Estado: por primera vez en la historia de Venezuela una Constitución le da una determinada tendencia (adjetivo) IDEOLÓGICO al Estado, eliminando la tradición de imparcialidad, laicismos y apartidismo de este. Es así como se habla de “construir el socialismo” y “Estado Socialista” (artículos 70, 112, 113, 184, 300, 318, 321) con lo que podría impedir que partidos de derecha democrática puedan gobernar (algo que fue advertido por el rector del CNE: Vicente Díaz) e incluso se podrían prohibir la existencia de toda organización que no “construya el socialismo”. Ver declaraciones de uno de los redactores de la propuesta de “reforma”, que sostiene que uno de los objetivos de la reforma es la ideologización del Estado.

3) La propiedad privada se debilita como nunca antes había ocurrido en la historia, quedando su eliminación a la discrecionalidad del Estado; porque a pesar de establecerla frente a otro tipo de propiedades (artículo 115) en los derechos económicos, se sostiene el principio siguiente: "El Estado promoverá el desarrollo de un modelo productivo intermedio, diversificado e independiente con la preponderancia de los intereses comunes sobre los individuales" (artículo 112). No existe en la historia constitucional de Venezuela este principio. Es una ruptura con la tradición del derecho a la propiedad privada que establecieron las 26 constituciones anteriores.

4) Se crea un nuevo poder (el popular) el cual no posee su origen en el sufragio universal(artículo 136), y que jamás había existido; y se le quita la autonomía financiera a los municipios, con lo que llevará a su desaparición (artículo 168).

5) Las Fuerzas Armadas que hasta ahora nunca habían tenido un “apellido ideológico” (ahora se llamarán “Bolivarianas” no “Nacionales”), y se modifica su estructura agregando unas “milicias populares bolivarianas” (artículos 328 y 329). La transformación de la Guardia Nacional en una “Guardia Territorial” que dependerá absolutamente del Presidente. Se elimina una característica fundamental de las Fuerzas Armadas, establecido en la Constitución vigente (artículo 328): “(…) está al servicio exclusivo de la Nación y en ningún caso al de persona o parcialidad política alguna.” (Ahora se dice al “servicio del pueblo venezolano en defensa de sus sagrados intereses” (¿quién los determina? ¿cuáles son?), y no está al servicio de “oligarquía alguna o poder imperial extranjero” (¿pero si de una “persona o parcialidad política”?)).

6) Mayor poder para el Presidente y el Poder Nacional: incremento del hiperpresidencialismo existente en Venezuela, con la abolición de la autonomía del Banco Central de Venezuela (artículo 318, 321, y 236 ordinal 12°), y con la discrecionalidad del Presidente en la modificación de la estructura político-territorial de la Nación (artículo 11, y 236, ordinal 3°); funciones que jamás en la historia había tenido un Presidente dentro de la Constitución y que le permitirán hacer lo que desee. El burocratismo se amplía con la duplicidad de la Administración Pública, facilitando al Presidente la creación de las “misiones” con lo que le permite una burocracia paralela (artículo 141). En el artículo 156 sobre las competencias del Poder Nacional, es tal el número de competencias que dificulta las posibilidades de federalismo y descentralización. Si a la Constitución vigente se le criticó su excesivo militarismo, y quitarle al Senado la competencia de los ascensos militares a partir de coronel para dárselo al Presidente, ahora este designará TODOS los ascensos y cargos militares.

Un aspecto muy importante, además, es que en la nueva redacción de los artículos se eliminan una serie de principios. Un buen ejemplo es el de los municipios (artículo 168), el cual señalamos que desaparece el ordinal 3° referente a su financiamiento, y así muchos ejemplos más.

Una pregunta: ¿se pueden llamar a los principios históricos con los que rompe la “reforma constitucional” de Chávez como principios de nuestra tradición (histórica) republicana, democrática y de defensa de los derechos humanos?.

La “reforma constitucional” – tal como me dijo un amigo abogado – viene a validar y legalizar todo lo que ha hecho el gobierno hasta ahora, que la oposición y otros grupos señalaban como violaciones a la Constitución de 1999.

6 comments:

Anonymous said...

Y el común del venezolano ni pendiente. No se que hace falta para que este pueblo termine de despertar.

Anonymous said...

GRacias por tu comentario. Buena pregunta.

Unknown said...

hola!
yo quisisera mas informacion sobre la reforma de la constitucion. Yo no vivo en venezuela, asi que se me hace dificil tener informacion de primera linea. Existe acaso un texto oficial donde se propongan las reformas...necesito informarme para poder votar en diciembre con las ideas bien claras...
gracias
Paris

Anonymous said...

Estimado tituo gracias por la visita: internet y los blogs están llenos de información sobre el tema. En este post está el texto oficial, acá te dejo al dirección de nuevo: http://www.globovision.com/news.php?nid=62492

Hay muchos blogs que están discutiendo sobre el tema. métete en www.to2blogs.com y puedes ver los que hablan al respecto

cualquier duda me preguntas

saludos

Anonymous said...

no se quien me envio lo siguente por mail... es cierto lo que dice? son estos algnos de los puntos de la reforma? espero que no.

gracias

desdeitalia


Proyecto de Reforma Constitucional
LEYES SOCIALISTAS PARA VENEZUELA
(Ante-proyecto de leyes bajo discusión en la Asamblea Nacional)

Sobre la medicina Privada y las Empresas de Seguros:

• Se decretara la gratuidad del servicio de salud privada, y se pasara a la nomina del ESTADO: a todo personal medico Y auxiliar.
• Se expropiaran las: edificaciones, instalaciones y equipos, pagando a sus propietarios el 5% de su valor de mercado en bonos del ESTADO, con vencimiento a 20 años, en las clínicas solo se dará atención médica a pacientes que remuneren en dólares o euros.
• Se suspenderá la actividad de los Seguros de Vida .privados El personal que ahí, labora quedara cesante sin remuneración de pensiones.

Sobre la Educación Privada:

• Se, decretara la gratuidad de la educación en todos los niveles y se pasara a la nomina del ESTADO a todo; el personal docente y administrativo.
• Se cambiara la denominación actual de todos los colegios a institutos privados utilizando a cambio los nombres de personas o apelativos que la REVOLUCION considere representativo como ejemplo: se tiene contemplado el que la Universidad Católica Andrés Bello pase a denominarse Popular, Andrés Bello.
• Todos los estudiantes de todos los niveles (escolar,, bachillerato, y universitarios) Usaran. como.. uniforme Franelas rojas, pantalón azul con una leyenda a lateral (REPÚBLICA BOLIVARIANA) y boina roja..
• Algunas materias sociales, como Historia de Venezuela y _ Geografía de Venezuela serán adaptadas, y otras serán eliminadas de los programas de la docencia. En su lugar se dictarán cursos; relacionados con él. SOCIALISMO DEL SIGLO XXI.
• Los nuevos bachilleres saldrán formados técnicos medios en Área; cómo: Metalúrgica; Carpintería, Petróleo, Arte, Electricidad, Construcción, etc. Pasando al servicio de la REVOLUCIÓN.
• Se autorizara a la familia sin vivienda a que ocupen las denominaciones "segunda viviendas" comenzando esto por los apartamentos y casas en playas, incluyendo las ubicadas en clubes Finalizando con las .ubicadas., en zonas urbanas.
• Se obligara a los propietarios ocupantes de las viviendas principales que incluyan familias adicionales de tres miembros por habitación, reservando a la familia propietaria sólo una habitación por cada tres miembros y haciendo uso común con. los nuevos integrantes de todos los servicios de la vivienda.
• La finca o hacienda serán transformada en conuco al servicio de la revolución, cuya producción será de acuerdo a los sueldos de lo contrario serán entregados a otros productores campesinos que si cumpla con lo estipulado.
• Las tierras serán exclusivamente del ESTADO el cual a través del INTI puede adjudicarlas a específicos ocupantes, campesinos quienes no la puedan vender ni hipotecaria, ni transferirlas de ninguna manera.

Sobre la identidad y la actividad ciudadana.
• Se pondrá en vigencia un nuevo documento de identificación para cada ciudadano, quedando los actuales sin ninguna validez.
• A las personas que aparezcan como firmantes en cualquiera de' las listas en contra de la, revolución, como fue la' solicitud del Revocatorio al Presidente de `la `República no se le entregara ni el nuevo documento de identidad, ni el pasaporte a menos que se sometan voluntariamente. a cursos de educación ciudadana, reconozcan por escrito sus errores pasados y cumplan con un periodo de prueba sin papeles de identificación a satisfacción del estado.
• Para el ejercicio de cualquier actividad pública o privada (incluyendo la electoral) solamente será valido el nuevo-documento nacional de identidad.
• La entrega del pasaporte para viajar fuera del país estará supeditada a la consideración de-las autoridades competentes, bajó asesoría de técnicos cubanos.
• La patria potestad de las personas menores de 21 años será compartida por el ESTADO.


Sobre la banca privada:
• Se pasara a la nomina del ESTADO a todo personal de la banca privada.
• La moneda va a cambiar de denominación y se le van a quitar los tres últimos ceros.
• Los fondos de :particulares; superiores a los SIETE MILLONES BOLIVARES 7.000.000. serán retenidos por el .ESTADO.

Sobre `las comunicaciones:
• El uso del cable y otras comunicaciones satelitales se van a restringir a las dependencias oficiales, y a los establecimientos hoteleros y turísticos.
• E! uso de la telefonía celular será de uso exclusivo para las personas del ESTADO.
• Se eliminara el acceso a Internet a personas naturales.
• Se exigirá el registro oficial de todo los mini-computadores y cualquier PC en posesión de particulares.
• Se expropiaran todas las emisoras-de radio y TV, pasando a integrar una sola red de transmisión a nivel nacional, pagando a sus ,propietarios el 5% de su valor de mercado en BONOS DEL ESTADO con vencimiento a 20 años.
• Se expropiaran igualmente todos los periódicos y demás medios impresos.

Sobre la propiedad privada en general:
• Se nacionalizaran toda clase de propiedad privada. SOBRE LAS FUERZAS ARMADAS NACIONALES:
• Se creara oficialmente una milicia popular, la cual progresivamente pasara hacer uso de todas las instalaciones y equipos de- las Fuerzas Armadas Nacionales. El Instituto de Previsión Social de las Fuerzas Armadas asumirá las obligaciones sociales de por lo menos 250.000 reservistas. Se procederá a disolver las Fuerzas Armadas Nacionales.
• Se incorporará a esa Milicia Popular exclusivamente a la oficialidad que coincida con los ideales de la REVOLUCIÓN.
• La oficialidad' no afecta con la REVOLUCIÓN o con un pasado dudoso, quedará cesante en sus funciones sin ningún tipo de ingreso por retiro.
• Se consolidaran todas las policías estadales y municipales bajo un solo comando.
• El servicio militar obligatorio para ambos sexos se hará a partir de tos 17 años. Los conscriptos estarán en disponibilidad inmediata para apoyar los procesos revolucionarios en naciones con las cuales nuestro país tiene convenios: CUBA, BOLIVIA, NICARÁGUA O IRAN: .


Sobre el control de cambio:
• Se penalizará con cárcel la tenencia de-divisas extranjeras en papel moneda.
• Se prohibirá la titularidad de cuentas de divisas en el exterior, sus dueños estarán en la obligación de repatriarlas, con pena de prisión.
• Se eliminará todo tipo de tarjetas de créditos o débito para su uso dentro o fuera del país.

Sobre la economía:
• Se impondrá Bonos o talones.
• Se impondrá el trueque con asesoramiento de miembros de la. Milicia Popular.
• Se impondrá el uso de la Tarjeta Alimentaría, para ser utilizado el Mercal.
• Se impondrá el Salario Mínimo a todo el personal; que este en Nomina del Estado; a obreros, técnicos profesionales por igual . Igualmente se prohíbe el ejercicio de la profesión a cualquier profesional o técnico que se niegue a servir al ESTADO.

Practica religiosa.-
• Se prohíbe el uso da la minifalda.
• Se prohibirá cualquier clase de culto religioso fuera de sus templos.
• Se prohibirá la catequesis fuera de los templos.
• EL ESTADO supervisará a nivel nacional los seminarios y demás centros de formación religiosa.
• Se expulsará del país a todo clero por nativo


Sobre las prácticas sociales:
• Se prohibirá el uso atuendos que atente en contra de la moral y las buenas costumbres. (minifaldas, trajes de baño ”hilo dental” escotes muy pronunciados, pantalones ajustados, etc.).
• Se prohibirá el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública.
• El béisbol profesional y cualquier tipo de deporte profesional estará bajo control del ESTADO.
• Se restringe las importaciones de artículos de lujo tales como: whisky, electrodomésticos, autos de lujo, etc.
• Se prohíbe el uso imágenes y artículos de influencia transculturizadora imperialista en todas las entidades públicas. (tales como: santa claus, mickey Mouse etc.)
Sobre la propiedad privada:
• Se legitimará la' ocupación de los edificios, desocupados hasta la presente fecha alcanzando más de 77 solo en el centro de Caracas, se apoyara el decreto para expropiar los edificios de los propietarios.

PATRIA SOCIALISMO
O MUERTE.

Anonymous said...

No est+á en la reforma tal cual lo escribe, pero se puede desarrollar perfectamente a partir de lo señalado en la propuesta. No dudo que el oficialismo desee cumplir ese programa, lo han dicho en reiteradas ocasiones.

saludos

Gracias por la visita

Related Posts Plugin for WordPress, Blogger...