miércoles, noviembre 28, 2007

¿Por qué NO? (X) Porque CREA UNA MONARQUÍA (elimina

Tetimonios: Opinión personal sobre Nueva Constitución

Mi análisis de la “nueva Constitución” o “reforma”

Artículo 225 y 252 (SOBRE LOS VICEPRESIDENTES O “PROCONSULES”, el texto completo puede ser leído acá y aquí)


Este artículo debe leerse conjuntamente con el 11 el cual se refiere a “regiones estratégicas” designadas por el Presidente; es en estas regiones que se asignarán los vicepresidentes que como “procónsules” estarán por encima de gobernadores y alcaldes; e incluso los podrá designar para todas esas funciones que les sustraerá a los Estados y Municipios.

Artículo 230 y 236 (SOBRE LA REELECCIÓN IDEFINIDA, el texto completo puede ser leído acá y aquí)

El período presidencial es de siete años. El Presidente o Presidenta de la República puede ser reelegido o reelegida.

Artículo comentado por todos; es el fundamento de esta reforma: el deseo de Chávez de ser Rey. En la antigua Grecia y Roma, el Rey era ELECTO (SI ELECTO) pero hasta la muerte, acá la diferencia está en que cada 7 años haremos como que si lo estamos eligiendo de nuevo, y se quedará (si lo dejamos) hasta la muerte como Fidel, Gómez y todos los “Presidentes” de la Unión Soviética salvo Kruschev. Se elimina el principio democrático de la alternancia en el poder. ¿No nos sirve de ejemplo como el presidente siempre tienes la de ganar en una elección por abusar del poder (uso de todos los recursos del Estado en su campaña electoral, violando las leyes y generando una inequidad en dicha campaña), tal como lo ha hecho Chávez en todas las elecciones?. Esta reelección viene acompañada con un incremento en las funciones presidenciales (art. 236) más las que ya hemos citado hasta ahora y las que faltan por citar; se cuentan más de 30 nuevas competencias entre ellas unas muy graves: como las de la de crear “regiones”, TODOS los ascensos militares y el dominio de la política monetaria.

Artículo 141 (SOBRE BUROCRACIA “INFINITA”, el texto completo puede ser leído acá)
Las categorías de Administraciones Públicas son: las administraciones públicas burocráticas o tradicionales, que son las que atienden a las estructuras previstas y reguladas en esta Constitución; y las misiones, constituidas por organizaciones de variada naturaleza creadas para atender a la satisfacción de las más sentidas y urgentes necesidades de la población, cuya prestación exige de la aplicación de sistemas excepcionales e incluso experimentales, los cuales serán establecidos por el Poder Ejecutivo mediante reglamentos organizativos y funcionales.

El Presidente no sólo va a tener más poderes, sino que ahora va a tener una burocracia que no tendrán límites, porque las famosas “misiones” pasarán aser Administración Pública. NO MÁS BUROCRACIA YA TENEMOS DEMASIADA, EN 9 AÑOS CHÁVEZ LA HA TRIPLICADO…¿Qué se puede esperar con esta reforma?. Más dinero para la corrupción y la ineficiencia, y menos dinero para resolver los principales problemas de la población.

Artículo 272 (SISTEMA PENINTENCIARIO, el texto completo puede ser leído acá)

Al igual que el artículo 184 que elimina LA DESCENTRALIZACIÓN DE LOS SERVICIOS “PREVIA DEMOSTRACIÓN DE SU CAPACIDAD PARA PRESTARLOS”; este también busca eliminar la MERITOCRACIA. Sólo con comparar la redacción anterior nos damos cuenta que ha sido eliminada del sistema penitenciario su “autonomía y carácter exclusivamente técnico de su personal” (Es un retroceso inmenso en todo lo que se ha luchado por la humanziación y mejoramiento de las cárceles, que nunca ha contado con el apoyo de los gobiernos; pero aunque sea en la Constitución del 99 se teníala intención de mejorarlo, ahora ni siquiera eso).

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